Prometo ser sumamente descriptivo y solo espero que ayude a clarificar algunos conceptos que últimamente hemos incorporado a nuestras conversaciones. Lamento decir que el concepto de «macrogranja» técnica y jurídicamente no existe. Pero lo importante es que sí que se corresponde con una imagen social que deriva de la realidad de un modelo de granja de gran tamaño, de producción intensiva, en régimen de integración, y que prolifera sobre todo en los sectores del porcino y el avícola. Sucede que macro, micro o meso, son conceptos subjetivos, y desde mi punto de vista, la clave está en que el tamaño permita a un ganadero o ganadera obtener una rentabilidad suficiente. El tamaño no es lo único, pero sí es importante. Para evitar debates innecesarios, yo diría que en Baleares no tenemos un problema de «macrogranjas», sino que más bien tenemos un problema de tamaño por el lado contrario. De las 3.936 explotaciones ganaderas de ovino, caprino, bovino y porcino, tenemos 1.019 calificadas como preferentes y prioritarias. En vacuno de carne, ninguna supera los 150 animales. En vacuno de leche y mixtas tenemos 156 explotaciones de las cuales 9 superan las 200 cabezas y una llega a las 500. En porcino tenemos 349 explotaciones con una media de 102 animales cada una, y precisamente las más grandes y que superan las 1.000 cabezas son de «porc negre en extensivo».

El sector ganadero se rige por un amplísimo marco normativo cada vez más exigente que abarca aspectos como la trazabilidad de las producciones, el bienestar animal, sanidad, transporte, la experimentación, alimentación y piensos, gestión de residuos o de otros subproductos de origen animal, como pueden ser las plumas o la lana.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, ha impulsado en esta legislatura, la elaboración o actualización de los Decretos de Ordenación de cada uno de los sectores ganaderos. Se aprobó el RD 306/2020, de 11 de febrero de ordenación de las granjas porcinas intensivas. Se ha aprobado el Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, de ordenación de las granjas avícolas. Se está trabajando en el RD XXX/20221 por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas bovinas de carne y leche. Estos Decretos regulan los requisitos de instalación y las normas que deben cumplir las granjas. La idea ha sido fortalecer los aspectos ambientales, de bienestar animal y de sanidad. Así, en el tema ambiental y en relación al cambio climático, se refuerza la adecuada gestión de los estiércoles que son origen de la contaminación por nitratos y de la emisión de amoniaco a la atmósfera, y establecen los programas de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, y que en ganadería se refieren al metano y óxido nitroso.

Las tres normas definen modelos como son el intensivo, semiextensivo, extensivo y mixto, y también tipologías, como pueden ser; las explotaciones de cebo, los centros de tipificación, explotaciones de ciclo cerrado o tantas otras que existen en la realidad. Las normas organizan las granjas también en función de su tamaño, y fijan un máximo de animales por explotación que en el caso del porcino son 720 UGMs, y en el caso del vacuno se propone 850 UGMs. El concepto de UGM o Unidad de Ganado Mayor, en una magnitud para calcular la carga ganadera y que establece la equivalencia de todas las especies de ganado con un ejemplar de vaca de leche adulta. Así una explotación lechera tendrá como máximo 850 ejemplares, en vacuno de carne serían 1.416 terneros de cebo, en el caso del porcino de ciclo cerrado serán 750 madres, o 4.000 lechones de cebo de entre 20 a 120 kg. Los decretos permiten que las Comunidades Autónomas podamos ampliar el tamaño de ciertos tipos en un 10% o en un 20%, pero siendo una norma básica, no está contemplada la posibilidad de reducir el tamaño máximo. No obstante y para terminar, cuando discutimos del tamaño máximo de una explotación en UGMs, tenemos que ponerlo en relación con el concepto de UTA – Unidad de Trabajo Agrario – Esta magnitud calcula de forma teórica, y en función de rendimientos medios, cuanta superficie o número de animales, necesita una explotación para obtener unos ingresos suficientes. El tamaño que establezcamos de cada tipo de explotación debe ser coherente con los rendimientos que tenemos calculados y si en Baleares hemos establecido un rendimiento bruto de 7,5 euros por plaza para el porcino de cebo, no tiene sentido establecer límites que sabemos que hacen difícil la viabilidad. ¡Bienvenido el debate si amplia la reflexión!