El TSJB ordena la repetición del juicio de Pau Rigo

 La sentencia respalda la tesis del fiscal y de los abogados de los encausados que consideraban la existencia de "infracción de normas esenciales" en el veredicto y en las mayorías necesarias para su obtención

Pau Rigo, durante el juicio con jurado celebrado en la Audiencia de Palma.

Pau Rigo, durante el juicio con jurado celebrado en la Audiencia de Palma. / D.M.

Redacción

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) ha declarado nula la sentencia absolutoria a Pau Rigo por el homicidio de un atracador que irrumpió en su casa de Porreres. En la resolución, el tribunal considera que ha habido "una infracción de normas esenciales de procedimiento causantes de indefensión". En concreto alude a la relación con el veredicto y las mayorías necesarias para su obtención.

En este sentido, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha estimado en la sentencia el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la anterior resolución. Esta absolvió al anciano que mató a tiros a uno de los asaltantes que irrumpieron en su casa de campo de Porreres en 2018. El Tribunal, por tanto, declara nulo el fallo absolutorio y ordena la repetición del juicio por lo que considera "infracción de normas esenciales de procedimiento causantes de indefensión", en relación con el veredicto y las mayorías necesarias para su obtención.

 De acuerdo con esta resolución, el nuevo juicio deberá celebrarse con otro jurado popular y distinta magistrada o magistrado presidente. "Revisando lo actuado, formamos convicción, en coincidencia con la solicitud del Ministerio Fiscal, de que procede anular la misma y el juicio celebrado, sin que quepa hacerlo parcialmente conservando la condena de los acusados por robo, dado que los hechos enjuiciados no resultan escindibles”, concluyen los magistrados.

Doctrina del Constitucional

El Tribunal fundamenta su decisión y hace referencia a la doctrina del Tribunal Constitucional referente a la nulidad de una sentencia absolutoria dictada en sede de Jurado y anulada por el TSJ por falta de motivación del veredicto. El pronunciamiento del Constitucional “resulta de aplicación al supuesto sometido a examen”.

De tal manera que los magistrados estiman la pretensión anulatoria de la Fiscalía por lo que no entran a resolver la apelación del resto de defensas. El pasado martes siete de mayo, el Tribunal Superior de Justicia de Baleares celebró una vista en la que la Fiscalía y la representación procesal de dos de los encausados solicitaron la nulidad de la sentencia y, por tanto, la repetición del juicio. En cambio, la defensa de Pau Rigo sostuvo que no debía admitirse a trámite el recurso de apelación y confirmar la sentencia absolutoria.